"Uso principal: Recreación pasiva. Usos prohibidos: Todos los demás."
Un parque ecológico no es simplemente un terreno disponible para cualquier actividad que pueda resultar atractiva o rentable. Su existencia responde a una decisión colectiva de proteger el patrimonio natural, preservar los ecosistemas y garantizar que las generaciones presentes y futuras puedan disfrutar de un espacio donde el agua, la biodiversidad y el paisaje sean protagonistas. Por eso, la adecuación permanente de una pista de motocross dentro del Parque Ecológico Los Frailejones, en Sibaté, no puede asumirse como una obra menor ni como un simple proyecto recreativo. Se trata de una decisión que merece el más amplio debate público, el rigor técnico y el estricto cumplimiento de las normas ambientales, porque lo que está en juego no es únicamente un escenario deportivo, sino el sentido mismo de un espacio concebido para la protección de la naturaleza y el interés colectivo.
El mal chiste se cuenta solo. Hace apenas unas semanas, durante el Cabildo Abierto Ambiental, el alcalde se presentó como un decidido defensor del ambiente, dispuesto a trabajar de la mano con la comunidad para proteger el patrimonio natural de Sibaté. Hoy, ese discurso entra en una profunda contradicción con la decisión de promover la instalación permanente de una pista de motocross en un parque ecológico. Resulta inevitable preguntarse cuál de las dos versiones representa realmente el rumbo de la administración: la del discurso ambiental o la de las retroexcavadoras a costa de mostrar resultados.
A ello se suma una forma de proceder que buena parte de la comunidad percibe como unilateral, con escasos espacios de diálogo y participación efectiva. Preocupa, además, la falta de coherencia entre los compromisos públicos asumidos y las decisiones que hoy se ejecutan. Más grave aún, resulta inquietante que sea la propia administración municipal la que parezca desconocer las disposiciones del ya envejecido pero plenamente vigente Plan Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT), el instrumento que orienta el uso del suelo y que todo servidor público tiene el deber de conocer y consultar antes de adoptar decisiones sobre el territorio. No es un asunto menor: al posesionarse, los funcionarios públicos juran cumplir y hacer cumplir la Constitución, las normas y la ley. Ese compromiso no es un acto protocolario; constituye la base ética y jurídica de su función y la garantía de que las decisiones públicas se adopten dentro del marco legal y en defensa del interés general. Más aún cuando uno de los principios que orientan toda actuación de la administración pública consiste en ejercer sus competencias con estricto sometimiento al ordenamiento jurídico vigente y a los instrumentos de planificación que ella misma está llamada a respetar.
Tampoco se trata de un hecho aislado. En Sibaté parece haberse vuelto costumbre que cada administración quiera dejar su propia 'alcaldada': una obra, una intervención o una decisión que responda más a la voluntad del gobierno de turno que a una visión coherente y de largo plazo para el territorio el PBOT se invoca con rigor cuando sirve para restringir proyectos de la ciudadanía o justificar decisiones que la afectan a la comunidad, pero con la misma facilidad se relativiza o se ignora cuando representa un obstáculo para los proyectos de la propia administración o de intereses particulares. Lo más preocupante es que pasan los gobiernos y ninguno demuestra una voluntad seria por actualizar este instrumento de planificación. Se gobierna con un PBOT desactualizado cuando conviene y, al mismo tiempo, se actúa como si ni siquiera existiera cuando resulta incómodo. varios casos se han visto, uno muy recordado, el de la licencia de construccion del domo de COMIND.
Recordar el origen del Parque Ecológico Los Frailejones es indispensable para entender la dimensión de lo que hoy ocurre. Este espacio no nació por casualidad ni por decisión de una administración de turno. Fue el propio Plan Básico de Ordenamiento Territorial —Acuerdo 11 de 2002— el que lo incorporó como un área de recreación ecoturística, definiendo su vocación, sus usos y las reglas para su protección. Es decir, el parque existe porque el municipio decidió, mediante su principal instrumento de planificación territorial, reservar ese espacio para la conservación ambiental y la recreación pasiva. Incluso su nombre, "Los Frailejones", refleja el enorme valor ambiental que históricamente se le ha atribuido a este lugar, aunque paradójicamente allí nunca haya existido un solo frailejón. El nombre representa un símbolo, una intención y una responsabilidad con el territorio. Desconocer hoy esa vocación es, en cierta medida, desconocer el propósito mismo con el que fue creado.
También es justo reconocer una realidad. Durante años el parque ha sufrido un progresivo deterioro, ha sido utilizado de manera indebida por algunas personas y no ha recibido el cuidado, mantenimiento ni la inversión ambiental que merece por parte de las distintas administraciones municipales. Sin embargo, ese abandono no puede convertirse en la justificación para cambiar por completo su vocación. La construcción y operación permanente de una pista de motocross no solo incorpora nuevas problemáticas ambientales, sino que tampoco garantiza que las situaciones de inseguridad, uso inadecuado o deterioro que hoy existen vayan a desaparecer. Cambiar el problema no significa solucionarlo.
"El Parque Ecológico Los Frailejones no existe por una decisión administrativa reciente. Su existencia, vocación y usos fueron definidos por el mismo Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio, instrumento que orienta las actuaciones de la administración y el desarrollo del territorio."
¿Qué dice realmente el PBOT sobre el Parque Ecológico?
PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE SIBATÉ
Acuerdo 11 de 2002 – Artículo 44. Áreas de Recreación Eco-turística
Uso principal: Recreación pasiva.
Usos compatibles: Actividades campestres, vivienda del propietario, centros recreativos, artesanía y silvicultura para el paisajismo.
Usos condicionados: Establecimiento de instalaciones para los usos compatibles.
Usos prohibidos: Todos los demás.
Más allá de las opiniones, existen preguntas que la administración municipal está en la obligación de responder públicamente. ¿Qué licencias, permisos o conceptos ambientales respaldan esta intervención? ¿Se realizó un inventario de flora y fauna antes de iniciar las obras? ¿Existe un estudio sobre ruido, vibraciones, calidad del aire y afectación a la biodiversidad? ¿Se adelantó un proceso real de socialización con la comunidad y con las organizaciones ambientales del municipio? ¿Se evaluaron alternativas de ubicación para este proyecto? Y, sobre todo, ¿cómo se justifica esta actuación frente a las disposiciones del Plan Básico de Ordenamiento Territorial?
La contradicción alcanza uno de sus puntos más evidentes cuando el mismo parque ha sido promovido como un escenario para el avistamiento de aves y la educación ambiental. Los registros de observación publicados en la plataforma de ciencia ciudadana eBird evidencian que el corredor ecológico comprendido entre el Parque Ecológico Los Frailejones y el Camino del Zorro alberga, al menos, 30 especies de aves, entre residentes y migratorias, lo que confirma su importancia para la conservación de la biodiversidad local. Entre ellas se encuentran el Tororoi Compadre, el Pijuí de Cundinamarca, la Tangara Coroniazul, la Tangara Ventriescarlata, la Calandria Dorso Amarillo, el Picogrueso Dorsinegro, el Conirrostro Rufo, el Toche, pequeños búhos, diferentes especies de gavilanes y colibríes como el Colibrí Rutilante. Además, este corredor ha servido como sitio de descanso para especies migratorias registradas en la plataforma, entre ellas el Papamoscas del Este, el Chipe Garganta Naranja y el Zorzal de Anteojos.
La riqueza del lugar no depende únicamente de las aves. También persisten especies vegetales nativas como el Sietecueros (Andesanthus lepidotus), cuyas flores ofrecen alimento a colibríes, tangaras y numerosos polinizadores, sosteniendo relaciones ecológicas que tardan años en consolidarse. Esa interacción entre flora y fauna es precisamente la esencia de un parque ecológico: un espacio donde la naturaleza encuentra refugio y donde los procesos ecológicos pueden mantenerse en equilibrio.
Las aves no entienden de discursos institucionales. Responden a las condiciones de su entorno. El ruido permanente de motores, el incremento del tránsito de personas, la compactación del suelo, el polvo y la transformación del hábitat generan perturbaciones que afectan la calidad de estos ecosistemas y pueden disminuir su capacidad para servir como refugio, alimentación y descanso de muchas especies, especialmente de aquellas más sensibles al disturbio y de las migratorias que dependen de estos sitios durante sus recorridos. Promover el avistamiento de aves mientras se alteran las condiciones que hacen posible su permanencia no es una política ambiental; es una contradicción difícil de explicar.
Finalmente, hay una pregunta institucional que merece una respuesta clara. ¿Por qué un parque ecológico está siendo administrado por el Instituto Municipal de Deportes y no por la Secretaría de Agricultura, Desarrollo Económico y Medio Ambiente? La pregunta no busca desconocer la importancia del deporte, sino llamar la atención sobre el enfoque desde el cual se toman las decisiones. Cuando un ecosistema se administra principalmente desde una lógica deportiva y no desde una lógica de conservación, el riesgo es que la protección ambiental deje de ser el eje para convertirse en un asunto secundario. De la misma manera, resulta indispensable abrir la discusión sobre mecanismos permanentes de participación comunitaria en la planeación, administración y seguimiento del parque, así como de cualquier proyecto que pretenda desarrollarse en su interior. Un parque ecológico pertenece a toda la comunidad, no únicamente a la administración de turno.
La defensa del Parque Ecológico Los Frailejones no termina en este debate. Lo que está en juego es mucho más profundo: el respeto por el ordenamiento territorial, la protección de la biodiversidad, la participación ciudadana y el derecho de las futuras generaciones a recibir un municipio ambientalmente sano. Ninguna administración está por encima de la Constitución, la ley ni de las normas que rigen el ordenamiento territorial del municipio y que ella misma está llamada a cumplir y hacer cumplir. Del mismo modo, el Concejo Municipal tiene la responsabilidad de abrir y realizar este debate, garantizar una amplia participación ciudadana y elevar el nivel de la discusión y el contol político, exigiendo a través del mismo argumentos técnicos, jurídicos y ambientales, y no únicamente palabras vacias y convenientes del momento.
Pero también es momento de reconocer que la defensa del territorio no puede depender únicamente de la reacción frente a cada nueva amenaza. Sibaté necesita una ciudadanía organizada, vigilante y propositiva, capaz de defender el agua, los ecosistemas y la vida desde todos los frentes posibles: el jurídico, el pedagógico, el cultural, el comunitario y la movilización social pacífica. Es hora de dar un paso que durante años se ha postergado: construir una gran plataforma o movimiento ambiental y animalista de Sibaté, amplio, democrático, plural, participativo e independiente, donde confluyan organizaciones sociales, colectivos, líderes ambientales, defensores de los animales, campesinos, jóvenes, académicos y ciudadanos comprometidos con el territorio.
Los tiempos que vivimos exigen mucho más que la indignación en redes sociales. Exigen comunidad. Exigen organización. Exigen ciudadanía. Porque cuando las decisiones se toman desde el poder, solo un pueblo informado, unido y movilizado puede defender aquello que pertenece a todos. Hoy es el Parque Ecológico Los Frailejones. Mañana puede ser cualquier otro rincón de nuestro territorio.
Defender el Parque Ecológico Los Frailejones y el territorio no es impedir el desarrollo. Es impedir que el desarrollo se construya desconociendo la ley, las normas, el territorio y sus ecosistemas.